Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Guanare, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: NIEGA EL CESE DE LA MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL, consistente en la Privación Judicial Preventiva de la Libertad del acusado FRANKLIN ALEXAI RAMOS MORON, de Nacionalidad Venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V-15.905.035, natural de Guanare Estado Portuguesa, nacido en fecha 07/01/1983, de Estado Civil Soltero, de ocupación u oficio Funcionario Policial, hijo de Alexay Ramos y elena Moron, Residenciado en el Barrio La Importancia, Calle 3, callejón 4, Casa S/N, Guanare Estado Portuguesa; en consecuencia NIEGA EL DECAIMIENTO DE LA MEDIDA DE COERCION, consistente en la Privación Judicial Preventiva de la Libertad del acusado. SEGUNDO: Se acuerda mantener al acusado en el .....