Con fundamento en las anteriores consideraciones este Tribunal en función de Juicio Nº 03 del Primer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: Declara culpable Y CONDENA al ciudadano AcusadoPARGAS PEREZ JOSE BENJAMIN, de Nacionalidad Venezolana, Natural de Chabasquen Estado Portuguesa, de 51 años de edad, nacido el día 29/12/1959, de estado Civil Casado, hijo de German y Teresa, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.450.279, de profesión u oficio Agricultor, residenciado en el Caserío Santa Rosa de lima, cerca del Balneario Agua Clara, Municipio Unda Estado Portuguesa, de la comisión de los delitos de Lesiones Personales Tipo Básico y Lesiones personales Graves, previsto y sancionado en los artículos 415 y 417 del Código Penal Venezolano vigente, acusados por el representante de la Fiscalía del Ministerio Público, conden.....