DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos expuestos y por los fundamentos de hecho y derecho ya analizados este tribunal de Juicio Nº 3 Mixto del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por decisión unánime de los miembros integrantes de este Tribunal dictamina:
PRIMERO
1.- DECLARA CULPABLE al ciudadano MONTILLA JOSÉ NICOMEDES, venezolano, soltero, agricultor, nacido de Campo Elías Estado Trujillo, en fecha 15 de septiembre del año 1978, titular de la cédula de identidad N° 13.117.163 y residenciado en el Caserío la Cima, Municipio Campo Elías Estado Trujillo; siendo el carácter de la presente sentencia CONDENATORIA, por la comisión del delito de Homicidio Intencional, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, cometido en perjuicio de Lorenzo Antonio Mejías, teniendo la presente sentencia la naturaleza de CONDENATORIA, y como consecuencia de ello se les impone la PENA .....