DISPOSITIVA
En atención a los fundamentos señalados, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución Nº 1 del Circuito Judicial penal del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCIÓN de la sentencia dictada por el Juzgado de Juicio Nº 03 de este Circuito Judicial Penal, Por Admisión de los Hechos contra Moisés Coromoto Duran Castillo, venezolano, natural de Guanare, estado Portuguesa, titular de la cedula de identidad Nº 24.616.136, nacido el 28-04-1992, de 25 años de edad, soltero, obrero, hijo de María Duran y Moisés Castillo, con residencia en el Complejo Habitacional la Granja torre 13A, de esta ciudad de Guanare, por el delito de de Robo Propio previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal en perjuicio de Maria de los Angeles Yepez, mediante la cual se declara procedente dar inicio al trámite para la Suspensión Condicional de la Ejecución de.....