Concurrido así las circunstancias determinadas en los artículos 500 del Código Orgánico Procesal Penal y 67 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Régimen Penitenciario, en virtud de habérsele extinguido una cuarta parte de la pena que le fuere impuesta y no habiendo reunido los requisitos exigidos para optar el beneficio de Pre ¿ libertad y observando una Progresividad conductual que lo hace acreedor del mismo, poniendo en relieve su espíritu de trabajo y su sentido de responsabilidad, familiar y social. Este Tribunal en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Portuguesa. Pide que se trasmita los requisito faltante que son el Informe Psicológico y los antecedente penales, para poder otorgar el beneficio de Pre ¿ libertad en Destacamento de Trabajo como formula de cumplimiento de la pena que le será impuesta al ciudadano Rivero Colmenarez Edumar Antonio, venezolano, natural, de Guanare, Estado Portuguesa titular.....