ASI DECIDE:
Igualmente deberá cumplir el penado con las penas accesorias de presidio, a saber:
a) Interdicción Civil durante el tiempo que dure la pena.
b) Inhabilitación política mientras dure la pena.
c) Sujeción a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte del tiempo de la condena, desde que esta termine.
A partir de las fechas que de seguida se indicaran podrán solicitar los Beneficios de Ley:
-Destacamento de Trabajo en fecha 15 de Mayo de 2.010, en la que cumplirá Un 1/4 parte de la pena impuesta.
-Destino a Régimen Abierto en fecha 15 de Mayo de 2011, en la que cumplirá 1/3 parte de la pena impuesta.
- Libertad Condicional en fecha 15 de Mayo de 20.15, en la que cumplirá 2/3 parte de la pena impuesta.
-Confinamiento en fecha 15 de Mayo de 2016, en la que cumplirá 3/4 parte de la pena impuesta.
Culmina el periodo de Vigilancia en fecha 16 de Septiembre de 2018,