DISPOSITIVA
En atención a los fundamento señalado, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución Nº 1 del Circuito Judicial penal del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la ejecución de la sentencia por Admisión de los Hechos dictada por el Juzgado de Juicio Nº3 de este Circuito Judicial Penal, contra José Gregorio Díaz, venezolano, natural de Guanare, de 39 años de edad, fecha de nacimiento 10-04-1977, titular de la cédula de identidad N° V-20.152.339, con residencia en el Barrio Simón Rodríguez, calle principal, casa S/n Guanare estado Portuguesa; donde se les condeno a cumplir la pena de Cinco (05) Años de prisión, mas las accesorias de prisión previstas en el artículo 16 del Código Penal, mediante la cual se declara procedente la tramitación de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, con fundamento en el articuló 482 del Código Orgánico Procesal .....