DISPOSITIVA
En atención a los fundamentos señalados, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución Nº 1 del Circuito Judicial penal del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCIÓN de la sentencia dictada por el Juzgado de Control Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, contra la penada Flor María Reinoso, venezolana, natural de Chabasquen, estado Lara, nacida en fecha 12-11-1963, de 47 años de edad, casada titular de la cédula de identidad N°V-97.980.344, hija de Isidro Arroyo y María Guadalupe Reinoso, con residencia en Chabasquen Sector la Manga vía Santa Clara Municipio José Vicente de Unda del estado Portuguesa, casa S/N; por Admisión de los Hechos, conforme al artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de Adquisición de Divisas Mediante Engaño, previsto y sancionado en el artículo 16 del Decreto con.....