Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Ejecución Nº 1, del Primer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: la concesión del Destino a Establecimiento Abierto al penado VICTOR JOSE PERAZA SILVA, quien es Venezolano, natural de Chabasquen Municipio José Vicente de Unda Estado Portuguesa, identificado con cédula N° 11.400.040, residenciado en el Caserío Palmarito, Santa Clara (vía Córdova) Chabasquen, Estado Portuguesa, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 64 y 65 de la Ley de Régimen Penitenciario en concordancia con el ordinal 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal vigente, fórmula alternativa de cumplimiento de pena que deberá cumplir en el Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal.
Regístrese y déjese copia, notifíquese a las partes, ofíciese lo conducente a los fine.....