De acuerdo a la situación específica del penado, se observa que dicho penado tiene espíritu de trabajo y a fin de coadyuvar con su progresividad conductual, quien para el otorgamiento del beneficio estimó este tribunal que era merecedor de este por haber observado una conducta favorable demostrando disposición de someterse a las obligaciones que le fueron impuestas; considera esta juzgadora que abona a favor del penado el haberse presentado además voluntariamente a este juzgado por ello debe continuar en el goce de su beneficio; En consecuencia este Tribunal en atención a los fundamentos señalados, este Juzgado en función de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda: Reponer en el goce del beneficio de Régimen abierto al penado RONALD ORLANDO CASTELLANOS en el Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal de Guanare, estado Portuguesa......