DISPOSITIVA
En atención a los fundamentos señalados, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución Nº 1 del Circuito Judicial penal del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCIÓN de la sentencia dictada por el Juzgado de Juicio Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, contra la penada Estefani Nahir Gómez Peraza, venezolana, soltera, natural de Chabasquen, estado Lara, nacida en fecha 14-07-1991, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N°V-19.885.814, del hogar, con residencia en el barrio Maturín, calle 07 entre carreras 09 y 10 de esta ciudad de Guanare,; por Admisión de los Hechos, conforme al artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de de Introducción de Arma de Fuego en Centros Penitenciarios, previsto y sancionado en el artículo 122 de la Ley para el Desarme, Control de Armas y Municiones, en perjuicio del estado V.....