En atención a los fundamentos señalados, este Juzgado en Función de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 482 último aparte del Código Orgánico Regístrese, notifíquese a las Partes , déjese copia , y remítase copia certificada del presente auto de revisión de computo al Centro Penitenciario de Los Llanos Occidentales del Estado Portuguesa.