Ahora bien, el artículo 56 del Código Penal sustantivo establece: "En ningún caso podrá concederse la gracia de la conmutación al reincidente...". De este modo los elementos de hecho y de derecho que concurren a los autos hacen que, y así decide este Tribunal de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley niegue la conmutación de la pena privativa de libertad que le falta por cumplir al ciudadano RODRIGUEZ ALVAREZ CARLOS ENRIQUE, venezolano, natural de Cantaura, estado Anzoátegui, nacido en fecha 12-10-1969, de 37 años de edad, identificado con la cedula de identidad N° 9.865.827, con ultima residencia en el Caserío San Rafael de la Guasduas, frente a la entrada del Caserío El Mamón, Municipio Guanare, estado Portuguesa, recluido actualmente en el Instituto de Capacitación Agrícola y Artesanal, I.P.C.A.A. de esta ciudad de Guanare, estado Portuguesa, en amparo de .....