Ahora bien, observa quien juzga que los fundamentos planteados por el solicitante se ajustan a los extremos de ley antes señalados, lo que hace procedente la concesión de la solicitud planteada; en consecuencia, debe declararse con lugar la solicitud para el otorgamiento de la Salida Transitoria al penado CANELONES RAMOS FELICIANO, mas no así en cuanto al tiempo requerido, en tal sentido, se otorga por el lapso de un (01) mes, desde el día Lunes 29/01/2007 a las 8:00 a.m., debiendo reingresar al Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal el día miércoles 28/02/2007 a las 6:00 p.m. líbrese Boleta de Notificación al penado. Ofíciese.-
Regístrese, notifíquese, y déjese copia.