De lo anteriormente expuesto, se desprende que el fundamento se ajusta a lo previsto en la ley, lo que hace procedente la concesión de la solicitud aquí planteada; en consecuencia, debe declararse con lugar la MONRROY MARTINEZ LUIS ALBERTO, titular de la Cédula de Identidad N° 19.057.895, desde el día SABADO 27/01/2007 a partir de las 7:00 a.m hasta el día MARTES 30/01/2007, debiendo reingresar al Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal a las 6:00 p.m. del mismo día 30/01/2007 y se acuerda el traslado del penado antes mencionado hasta la Medicatura Forense de esta ciudad, para el mismo día 30/01/2007 a las 9:00 a.m. y así lo decide este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en función de Ejecución N° 1, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Regístrese, notifíquese, déjese copia.