DISPOSITIVA
En atención a los fundamentos señalados, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución Nº 1 del Circuito Judicial penal del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCIÓN de la sentencia dictada por el Juzgado de Juicio Nº 03 de este Circuito Judicial Penal, contra Clemente José Pacheco, venezolano, soltero, fecha de nacimiento 05-11-1937, soltero, de 83 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.767.283, con residencia en el Caserío Corozo Largo carrera 6 casa Nº8 Papelon estado portuguesa; por haber Admitido los Hechos, conforme al artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de Incendio Culposo, previsto y sancionado en el artículos 356 del Código Penal; en perjuicio de Adanis Jose Barrios Diaz; mediante la cual declara procedente dar inicio al tramite para la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena; tod.....