DISPOSITIVA
En razón de todo lo expuesto y de la norma legal aludida, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara el Cese de la libertad Condicional por Medida Humanitaria otorgada por el lapso de un mes en fecha 06 de agosto de 2012 al penado Escalante Montañez Jesús Eduardo, Venezolano de 59 años de edad, natural de San Cristóbal, estado Táchira, profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad Nº 8.985.176, carrera 4, entre calle 2 y 3, frente al galpón de la Polar, El Piñal, estado Táchira, quien fue condenado a cumplir la pena de Quince (15) años de prisión, mas las accesorias de Ley por el delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Droga en perjuicio de.....