DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos, este Tribunal de Ejecución Nº 1, del Primer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, otorga el Beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL, al penado Bracamonte José Gregorio, venezolano, natural Guanare Estado Portuguesa nacido en fecha 08/03/1977, soltero, Dibujante, identificado con cédula N° V-12.894.080, hijo de María Bracamonte y padre desconocido, residenciado en la Avenida 48G, casa N° 186-27 del Barrio la Polar, Municipio San Francisco, Estado Zulia, quien deberá cumplir las condiciones anteriormente impuestas, todo esto de conformidad con lo previsto en el artículo 488 del Código Orgánico Procesal Penal, derogado aplicado de conformidad con el artículo 553 del Código Orgánico Procesal vigente. Regístrese, trasládese al penado a los fines de imponerlo de la decisión para el día Lunes 26 de febrero de 2007, a .....