Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
ÚNICO: Procede a la ejecución de la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN, de los cuales -deducido como ha sido el tiempo de prisión preventiva restan DOS AÑOS, OCHO MESES Y VEINTIDÓS DÍAS- que le fue impuesta en fecha 06 de julio de 2005 al penado ALEXANDER JOSÉ TRIVIÑO, el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 2 (Mixto) de este Circuito Judicial Penal por haberlo hallado culpable y responsable de la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal.
Déjese copia de la anterior decisión para el Archivo del Tribunal. Notifíquese a las partes. Ofíciese lo conducente al Consejo Nacional Electoral e.....