Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el numeral 6° del artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE EJERCER, por escrito separado, A FAVOR DEL PENADO HÉCTOR ANTONIO COLMENARES ALVARADO, EL RECURSO DE REVISIÓN DE LA SENTENCIA DEFINITIVAMENTE FIRME de fecha 18 de Agosto de 1999 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, dictada en la causa penal N° 2E-220-99, mediante la cual fue condenado a cumplir la pena de OCHO AÑOS DE PRISIÓN por haber sido hallado culpable y responsable en la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de.....