DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el artículo 105 del Código Penal, declara EXTINGUIDA el día Domingo 12 de Julio de 2009 la pena de CINCO AÑOS DE PRISIÓN, que le impuso a LUIS ENRIQUE ESCALONA, de quien se constató que es de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14-205-612, natural de Ospino, Estado Portuguesa, nacido en fecha 11 de Enero de 1.978, hijo de Juana Josefina Escalona y padre desconocido, de estado civil soltero y de ocupación obrero, el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 2 de este mismo Circuito Judicial Penal en fecha 02 de Marzo de 2006, y por ende EXTINGUIDA su responsabilidad criminal en el delito de AGRAVADO EN GRADO DE .....