DISPOSITIVA
Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Ejecución Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, niega la salida transitoria del penado Graterol Gustavo José, venezolano, mayor de edad, obrero, titular de la cédula de identidad Nº 16.476.095, recluido en el Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal con sede en Guanare estado Portuguesa, dado que el motivo en que se funda no se encuentra dentro de los supuestos previstos en el artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario. Notifíquese y déjese copia.
La Juez de Ejecución Nº 2
Abg. Lisbeth Karina Díaz de Tovar
La Secretaria,
Abg. Tania Rivero