DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el numeral 1° del artículo 479 y 498, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE:
PRIMERO: De acuerdo al artículo 105 del Código Penal, declara EXTINGUIDA LA PENA PRINCIPAL DE DOCE AÑOS, UN MES, VEINTISEIS DÍAS Y SEIS HORAS DE PRESIDIO que fue impuesta al ciudadano ALEXIS OMAR ALVARADO JUSTO, quien de acuerdo a los datos que constan en el Expediente es de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.145.645, natural de Guanare, Municipio Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 23 de Octubre de 1969, hijo de Crispín Alvarado Sequera y María Arcadia Justo, de estado civil soltero, de ocupación obrero, reside.....