DISPOSITIVA
Este Juzgado para decir observa que se considera improcedente la solicitud, dado que los fundamentos no se ajustan a los supuestos previstos en la ley de Régimen Penitenciario, Artículo 62 por lo que se declara CON LUGAR, la salida transitoria al penado Julio César Pérez a fin de trasladarse a la Gobernación del estado Portuguesa, en la ciudad de Guanare el día 24-05-07 a las 8:30 a.m hasta las 4:30 p.m y ASÍ DECIDE este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Regístrese, notifíquese y déjese copia.
La Juez de Ejecución N° 2,
Abg. Narvy Abreu Moncada.
El Secretario,
Abg. Rafael Colmenares