DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA PENA ACCESORIA DE SUJECCION A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD, al ciudadano Luis Iginio García Cruz, venezolano, mayor de edad, natural de Caracas Distrito Capital, Soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.138.600, domiciliado en la Avenida Siete (7) de Septiembre, esquina callejón Lara, casa Nº 68, Las Vegas Caracas Distrito Capital, por cumplimiento de la misma, por la comisión del delito de Robo Agravado, en perjuicio de Panadería y Fuente de Soda Mon-Cherie, Henry Jesús Pérez Colmenares y Agropecuaria Maisanta C.A, todo de conformidad con el Artículo 105 del Código Penal y aplicación del criterio vinculante expresado en fecha 3 de abril de 2008 por la Sala Constitucional del Tribuna.....