DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: A tenor de la disposición contenida en el encabezamiento del artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión de los ciudadanos EDGAR ROMERO GIL, de Nacionalidad Colombiana, indocumentado, natural de Cali, Departamento Valle del Cauca, República de Colombia, nacido en fecha 08 de Diciembre de 1965, de estado civil soltero, de ocupación indefinida, residenciado en el Barrio El Cambio, Avenida 05, casa Nº 12-24, Barinas, Estado Barinas; DANIEL ALBERTO ALBORNOZ, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.700.851, natural de Mérida, Estado Mérida, nacido en fecha 18 de Noviembre de 1978, de estado civil soltero, d.....