Dispositiva
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a la competencia atribuida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal decreta la EXTINCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL, impuesta a la penada Experta María Navas de Vargas, venezolana, natural de Coro estado Falcón, nacida el 8 de noviembre de 1936, casada, titular de la cédula de identidad Nª 2.306.990, residenciada en el Barrio 19 de Abril, sector 2, calle 16, cerca de la bodega la 15, casa sin número, Guanare estado Portuguesa, por haber dado cumplimiento a la misma en fecha 16/08/2008, de conformidad con lo previsto en el artículo 105 del Código Penal vigente para el momento de los hechos. Asimismo, deberá el penado sujetarse a la vigilancia de la autoridad por el lapso de tres (3).....