Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: 1) PARCIALMENTE CON LUGAR los reparos graves postulados por la parte demandada ciudadano José Enrique López Álvarez, en consecuencia, se ordena al Partidor efectuar el siguiente reparo al Proyecto de Partición tomando en cuenta que la casa principal y los tres anexos deben ser adjudicados con derecho de preferencia a los herederos que ocupen el inmueble y sus anexos, y para el caso que exceda el valor de la cuota que le corresponde deberán pagar o cancelar el dinero a los demás herederos que no se le hayan adjudicados los citados inmuebles. 2) SE ORDENA AL PARTIDOR cumplir con este mandato judicial en un lapso de diez días de despacho, computados a partir del día siguiente de la publicac.....