comparece la ciudadana Gloria Artigas, representante legal de la parte demandada y consigna cheque de gerencia por la cantidad de 39.100.000,oo, a los fines de finiquitar el juicio y solicita la suspensión de las medidas y el archivo del expediente, el Tribunal, vista la diligencia anterior acuerda el resguardo del cheque consignado en la caja fuerte del Tribunal, en fecha 04 de mayo de 2007, comparece el abogado Nelson Marín Pérez y retira el cheque consignado previa solicitud. Verificadas como han sido las actuaciones inherentes a la presente causa, y en virtud de estar ajustado a derecho la consignación efectuada a los fines de dar por concluido el juicio, ya que reúne los requisitos exigidos en los Artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, conforme a lo pautado en los Artículos antes mencionados, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley imparte su HOMOLOGACION. Quedan suspen.....