DISPOSITIVA
Por los anteriores razonamientos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: 1) LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de nombrar nuevo defensor judicial a la demandada Sylvia Díaz Oliveros, quien quedo indefensa al violársele el debido proceso que contiene el derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva, consagrados en los Artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación al Artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, para que conteste la demanda al quinto día de despacho siguiente a su aceptación y ejerza a plenitud el derecho a la defensa, y en consecuencia, se revoca el nombramiento de la defensora judicial Zoraida Herrera y quedan nulos todos los actos procesales desde el folio 41 y siguientes.
Se ordena n.....