Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ORDENA la Rectificación de Partida de Nacimiento del ciudadano FRANCO PILONE PERAZA, en cuanto al primero y al segundo apellido del padre del solicitante, el lugar o pueblo donde nació, y el nombre y los apellidos correctos de la madre del accionante. Partida de Nacimiento inscrita por ante el Registro Civil del Municipio Guanare Estado Portuguesa, durante el año mil novecientos sesenta y cuatro (1964), bajo el Nº 1899; quedando establecido que los apellidos correctos del padre de la solicitante son "PILONE ANTOCCI", que el lugar o pueblo donde nació es "PESCARA", y que el nombre correcto de la madre del accionante es "MARIA PERAZA SAAVEDRA".