Por los anteriores razonamientos este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: 1) SIN LUGAR la Demanda de Nulidad de Asiento Registral del Contrato de Compraventa, protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Sucre del Estado Portuguesa, de fecha 09/06/1.999, bajo el N° 45 folio 1 al 3, Protocolo Primero, Tomo Segundo, Segundo Trimestre, incoada por la ciudadana Yanelys Josefina González Morales contra el ciudadano Héctor José González Peña.