Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLINA la competencia para conocer de la presente PRETENSIÓN DE PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE BIENES GANANCIALES incoada por el ciudadano DIÓGENES RODRÍGUEZ GRATEROL contra la ciudadana ZULIMAR CAROLINA DURAN, al Juzgado de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Primer Circuito Judicial del Protección de Niños, Niñas y Adolescentes con sede en esta ciudad de Guanare capital del Estado Portuguesa, por existir dos hijas, una adolescente de trece (13) años de edad y, una niña de cinco (05) años de edad, cuyos nombres de omiten por razones de Ley, quienes se encuentran bajo la guarda y custodia de su madre ZULIMAR CAROLINA DURAN, todo de conformidad con el Artículo 177 Parágrafo Primero, Literal "l" y .....