Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de medidas preventivas interpuesta por la parte la institución Bancaria Mercantil C.A., (Banco Universal), y se decreta la prohibición de enajenar y gravar sobre el siguiente bien inmueble, propiedad del codemandado ELIS NAUL PEÑA, sobre dos lotes de terreno contiguos que tienen las siguientes características: El terreno posee un área aproximada de cuatrocientas dieciséis hectáreas con ochenta y siete centiáreas (416.87 ha.), ubicados en jurisdicción del Municipio Papelón del estado Portuguesa, y que forma parte de una mayor extensión, comprendido: A) un lote de terreno apto para labores de cultivo y cría, con todos sus usos, costumbres, servidumbres anexidades y conexidades q.....