En fuerza de los argumentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente demanda de Liquidación y Partición de Bienes Hereditarios incoada por la ciudadana YAMILET ZUNILDE VALERO MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.240.652, asistida en este acto por la abogada en ejercicio Khaterin Fullup Amaya Valero, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 236.834, titular de la cédula de identidad Nº 24.908.473, en contra de los ciudadanos HUGO MARTIN VALERO IZARRA, TOXNNHE HEDIXHON VALERO IZARRA, ARAZELIZ COROMOTO VALERO IZARRA, NILDA ROSA VALERO MARTINEZ y NEIDA MARINA VALERO IZARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula.....