Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la pretensión mero declarativa de propiedad, incoada por el ciudadano German Armando Pedroza, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.673.388; en consecuencia el citado ciudadano es propietario del vehículo el cual posee las siguientes características Placa: 730 PAM; Serial de carrocería: AJF37T67702; Serial motor: 8 CIL; Marca: Ford; Modelo: F 350; Año: 1977; Color: Antes Blanco, ahora Azul; Clase: Camión; Tipo: Estaca; Uso: Carga; y queda obligado, a los fines de la circulación, a inscribirlo por ante el Registro Nacional de Conductores y Conductoras, todo de conformidad a las reglas contenidas en los Artículo 71 y 72 de la Ley de Transporte Terrestre.