El Tribunal para resolver observa:
Verificadas como han sido las actuaciones inherentes a la presente causa, y en virtud de estar ajustado a derecho el pago efectuado por el apoderado judicial de la parte actora, abogado Edilio Placencio, por concepto de honorarios profesionales a los expertos, pues, el mismo reúne los requisitos exigidos; y conforme a lo pautado en los Artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN.