Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ORDENA la rectificación de la partida de nacimiento de la ciudadana MIRNA ELIXABETH GONZÁLEZ, inscrita por ante los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por la Alcaldía del Municipio Papelón, Distrito Guanare del estado Portuguesa y por la Oficina de Registro Principal de ese mismo estado, bajo el Nº 115, del año mil novecientos cincuenta y siete (1957); quedando establecido que la correcta escritura del segundo nombre de la mencionada ciudadana es "ELIXABETH".