Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: 1) SE DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre:
a) Un lote de terreno constituido por cincuenta hectáreas (50 has), ubicado en el sector comúnmente denominado Animas Ribereñas, también conocido como Maporita, bajo los siguientes linderos, NORTE: con terreno ocupados por la ciudadana Paula Rosa Abreu, SUR: con terrenos ocupados por el ciudadano José Inocente Pérez Salas, ESTE: terreno propiedad del ciudadano Jaime Gerardo Pérez Arellano y OESTE: terreno propiedad de Henrry Darío Campos Quintana Y Rosa Maria Nuñez Ramo, según se evidencia de Registro por ante la Oficina Inmobiliaria de Registro Público con funciones notariales del Municipio Guanarito del Estado Portuguesa, .....