DECISIÓN
En atención a los razonamientos expuestos, este Tribunal de Control Nº 1 del Circuito Judicial del estado Portuguesa extensión Acarigua. EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ORDENA LA APERTURA DE JUICIO ORAL Y PUBLICO al acusado MATEO DE JESÚS YÉPEZ SERENO, venezolano, de 41 años de edad, profesión Comerciante, titular de la cedula de identidad N°V-8.069.874, residenciado en la Urb. Guana Guanare, avenida 01, casa 11, Guanare Estado Portuguesa, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO AGRAVADO LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 411 y el artículo 422 ordinal 2° en concordancia con el Artículo 417 todos del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos TARCISIO DE JESÚS REYES SALAS, ALICIA BAUTISTA REYES CORDERO, ALISMER ADRIANA REYES, GERARDO JOSÉ REYES Y LUIS FERNANDO REYES RAMOS (OCCISO). Se emplaza a las partes para que en el lapso común de cinco días concurran ante e.....