DECISIÓN
En atención a los razonamientos expuestos, este Tribunal de Control Nº 1 del Circuito Judicial del estado Portuguesa extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ORDENA LA APERTURA DE JUICIO ORAL Y PUBLICO, para el acusado JOSÉ GREGORIO GIL, titular de la cédula de identidad No. V-10.052.228, a quien se le imputa la comisión de los delitos de Homicidio Intencional, Tentativa de Robo, Lesiones Personales Gravísimas y Porte Ilícito de Arma Blanca, asunto No. PJ11 ?S-2002-000284, en perjuicio de Víctor José Pérez (occiso) y Justo Pastor González, suficientemente identificados en autos. Se emplaza a las partes para que en el lapso común de cinco días concurran ante el Juez de Juicio que corresponda por distribución del sistema Juris 2000. Se ordena a la Secretaria la remisión de las actuaciones al Tribunal competente. Boleta de encarcelación.
JUEZA DE CONTROL N° 01
ABG. ANA DILIA GIL.
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