DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley impone medida cautelar a los ciudadanos Leonardo Andrés Porras Leal, Venezolano, de 46 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.656.199, residenciado en la avenida 8 entre calles 03 y 04, casa N 16 Barrio Bolívar, Acarigua Estado Portuguesa, natural de San Juan de Colón Estado Táchira, soltero, estudiante de la Misión Rivas, consistente en la prohibición de comunicarse con la victima, se le resguarda sus derechos a estar en la casa por su enfermedad, pero a su vez se le prohíbe vender cualquier objeto que este en la casa que sea de la comunidad de los bienes y de la misma forma esto es para la victima, y Jesús Leonardo Porras Espinel, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.752.131., domiciliado en avenida 8 entre c.....