DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se decreta contra el imputado JOSÉ MANUEL GRATEROL y MIGUEL RODRIGUEZ GUEVARA MEDIDA PREVENTIVA, por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 primer aparte, de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de las ciudadanas FLOR MARIA PERALTA., todo de conformidad con el artículo 87 ordinales 5 y 6° del de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con la advertencia a los imputado que el incumplimiento de la medida es motivo para revocarla.
SEGUNDO: Se ordena la elaboración del Acta de com.....