este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (UNIPERSONAL) en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano: WILMER ANTONIO CORTEZ MARAMARA, venezolano, de 19 años de edad, portador de la cédula de identidad 18.731.081, soltero, profesión indefinida, natural de Acarigua, fecha de nacimiento 13-041987, residenciado en el Barrio La Batalla, avenida 2 con calles 5 y 6, casa N° 29, Acarigua Estado Portuguesa; por el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE ROBO, previsto y sancionado en el Artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del ciudadano GUILLERMO JESUS MEDINA; y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470, encabezamiento, del Código Penal vigente, en perjuicio del FREDDY JOSE RIVERO PACHECO, todo de conformidad con lo establecido