DISPOSITIVA.
En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio N° 01, constituido como Tribunal Unipersonal, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, por decisión unánime y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE al ciudadano ALEXIS ANTONIO PALACIOS, plenamente identificado, en cuanto a la participación y consecuente responsabilidad penal del mismo en la comisión del delito de AMAENAZA Y VIOLENCIA, previsto y sancionado en los Artículos 16 y17 de la Ley Sobre la violencia contra la mujer y la familia, cometido en perjuicio de la ciudadana ANA ELIZABETH MAVARES GOMEZ, en atención a la solicitud fiscal de Sentencia Absolutoria, aunada a la circunstancia de no haberse demostrado la participación del referido acusado en la comisión del delito atribuido por la Representación Fiscal. Se hace cesar l.....