este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (unipersonal) en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA la Medida Cautelar Sustitutiva dictada al ciudadano JULIO CESAR FIGUEREDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: 15.491.993, con fecha de nacimiento 26-10-1980, domiciliado en el Barrio Paraguay, en la calle 31 entre avenidas 37 y 38 casa sin número de la ciudad de Acarigua del estado Portuguesa, por lo que se ordena su captura y una vez realizada se colocará a la orden de éste Tribunal y permanecerá detenido en la Comisaría "José Antonio Páez" de esta ciudad de Acarigua del estado Portuguesa.