Este Juzgado de Juicio Nº 1, constituido en Tribunal Unipersonal, del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide de la siguiente manera:
PRIMERO: CONDENA al ciudadano CARLOS ARTURO COLMENAREZ, titular de la cédula de identidad Nº10.637.649, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltero, residenciado en la Urbanización La Corteza, vereda 8,casa Nº15, Acarigua, Estado Portuguesa, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley, a saber: 1º La inhabilitación política durante el tiempo de la condena, y 2º La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada ésta, por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal vigente para la época, cometido en perjuicio del ciudadano FRANCISCO SALVADOR ARLEO IZQUIEL, CARMELA NEREIDA CUELLO TORREALBA y .....