este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (UNIPERSONAL) en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano: DAVIDXOR RODRIGUEZ ARANGUREN, venezolano, de 27 años de edad, de oficio: obrero, titular de la cédula de Identidad N° 14.426.319, soltero, natural de Acarigua, estado Portuguesa; residenciado: en la Av. 04, con calle 03, casa s/N°, urbanización La Corteza, Acarigua, Estado Portuguesa, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 del código penal en perjuicio del ciudadano: JUAN RAMÓN GOMEZ; EMILIO JOSÉ MARQUEZ; EMILIANO MARQUEZ y VICENTE PINEDA todo de conformidad con lo establecido en el articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.