En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA la Medida Cautelar Sustitutiva de libertad, consistente de arresto domiciliario dictada al acusado ALIRIO RAMON COLMENAREZ MORA. venezolano soltero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.548.463, residenciado en el Barrio Bicentenario, calle 3, casa Nº02-53, de bloques sin frisar, al lado de la casa de la señora Gleisa, a una cuadra de la Bodega La chiche, Acarigua, Estado Portuguesa, por incumplimiento de la misma de conformidad con el artículo 262 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que, se ordena su captura inmediata y una vez ejecutada la misma se colocará a la orden de éste Tribunal y permanecerá detenido en la Comisaría "José Antonio Páez" de esta ciudad de Acarigua del estado.....