Este Tribunal Unipersonal en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al acusado FRANKLIN ALBERTO MENDOZA, venezolano, de 20 años de edad, profesión u oficio indefinida, estado civil soltero, residenciado en el callejón No. 01, del Barrio San Pablo de Araure, Estado Portuguesa, cédula de Identidad No. V-20.811.781, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano MIGUEL ANGEL SALCEDO MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nº 19.170.156.
No se condena en costas al Estado Venezolano por haber tenido motivos para acusar.
Por cuanto el acusado FRANKLIN ALBERTO MENDOZA, se encontraba bajo una medida privativa de su libertad, se ordenó su cese inmediato y en consecuencia quedó en libertad plena.